Establece SE contenido nacional para explotación de aguas profundas.
La Secretaría de Economía (SE) en conformidad con los dispuesto en transitorio vigésimo cuarto de la Ley de Hidrocarburos, con la opinión de la Secretaría de Energía estableció los valores para 2015 al 2025 del contenido nacional para la explotación de recursos petroleros en aguas profundas y ultra profundas en nuestro país.
De esta forma la SE determinó que las compañías petroleras que operen en aguas profundas y ultra profundas deberán de utilizar proveedores mexicanos en por lo menos 8% de sus proyectos.
El artículo 46 de la Ley de Hidrocarburos, dispone que el conjunto de actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos que se realicen en territorio nacional a través de Asignaciones y Contratos de Exploración y Extracción, deberá alcanzar, en promedio, al menos 35% del contenido nacional, pero la Exploración y Extracción de Hidrocarburos en aguas profundas y ultra profundas quedaría excluida de ese porcentaje.
El gobierno mexicano determinó una tasa baja para incentivar la inversión por parte de empresas extranjeras en la cuarta convocatoria de la ronda uno, la cual licitará 10 campos en aguas profundas del Golfo de México el próximo 5 de diciembre.
La norma publicada en el Diario Oficial de la Federación establece que durante el periodo de tiempo comprendido del 2015 a 2024 se establece un mínimo del 3% para alcanzar el 8% en 2025.
El actual nivel de la tasa de contenido nacional permitirá que las empresas extranjeras dependan menos de los proveedores nacionales, quienes aun no cuentan con la experiencia suficiente para participar activamente en los proyectos.
Fuente:
https://www.oilandgasmagazine.com.mx
Me llamo Gabriel Duarte.- Maquinista Naval.- Me gustaria poder mandar mi curriculum Vitae.- a que direccion lo puedo enviar.- Saludos Cordiales GAbriel
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