¿Recibes carta invitación del fisco, pero no tienes RFC?
Tras la reforma fiscal, los bancos comparten información con el SAT, por lo que si el fisco detecta movimientos en tus cuentas podría enviar una carta invitándote a pagar impuestos o inscribirte al Registro Federal de Contribuyentes.
Por: Dainzú Patio.
Aunque no estés inscrito al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) puedes recibir cartas invitación del Servicio de Administración Tributaria (SAT), debido a que tras la reforma fiscal, el fisco intercambia información con instituciones bancarias, lo cual le permite detectar cuentas que reciben depósitos en efectivo o vía transferencias.
En caso de detectar entradas de recursos, la autoridad fiscal podría invitarte a inscribirte al RFC si aún no lo has hecho y a pagar impuestos.
Sin embargo, no en todos los casos es necesario que hagas caso a estas cartas, las cuales generalmente llegarán a tu domicilio.
Éstas podrían señalar por ejemplo, que te depositaron 10 mil pesos por los cuales debes pagar 30 por ciento de Impuesto Sobre la Renta (ISR), pero que en realidad no debas hacerlo.
Por ejemplo, si una persona recibe dinero de familiares que viven en Estados Unidos en cuentas bancarias. Si este es tu caso y no recibes ningún ingreso por actividad comercial o salarios, no es necesario que te des de alta en el RFC, porque este concepto no está sujeto al pago de impuestos por ganancias, indicó Raúl Carbajal, especialista en materia fiscal.
TIPS
-Si recibes una carta invitación, asesórate para determinar si debes pagar impuestos por el dinero que llegó a tu cuenta.
-Los depósitos de familiares en el extranjero no son sujetos al pago de impuestos en México, ni las herencias ni los préstamos.
-Las personas que no tienen salarios o no realizan una actividad comercial, no tienen por qué para darse de alta en el RFC.
“Cuando lleguen este tipo de avisos, considera que una persona que no está en el RFC, no puede generar una línea de captura para el pago de impuestos ante el SAT”, expuso.
Las cartas a personas que no están registradas son una estrategia para que éstas se acerquen a la administración y se inscriban en el momento que acuden a los módulos.
“Pero si no realizas una actividad comercial ni recibes salarios, no tienes por qué registrarte o pagar impuestos”, detalló Carbajal.
El experto explicó que tras la reforma hacendaria, la autoridad puede conocer los depósitos en cuentas bancarias, pero desconoce el motivo de estos movimientos.
Sólo puede hacerlo a través de actos de fiscalización como visitas domiciliarias, añadió.
Pedro Carreón, socio de la firma PWC recomendó que, ante cualquier duda sobre si los ingresos que recibes generan o no impuestos, acudas a un asesor, abogado o contador, para determinar si se hará o no caso a la comunicación recibida.
Detalló que una carta invitación del SAT no implica un ejercicio de facultades, sin embargo debes poner atención al motivo por el cual la autoridad te envía este documento.
Si se determina que sí debes inscribirte al RFC, hazlo de acuerdo a la actividad que realices y en su caso, ponte al corriente con tu pago.
El registro aplica si estás ofreciendo algún servicio profesional y recibes depósitos en efectivo o transferencias a una cuenta bancaria, por ejemplo, por la filmación de videos en eventos sociales o la venta de artículos para el hogar.
Recuerda que los depósitos por conceptos como préstamos, herencias, premios y donativos, no son sujetos al pago de impuestos.
Pero éstos sí deben ser reportados cuando exceden los 600 mil pesos, detalla información del SAT.
Finalmente, cuando llegue a tu domicilio una carta invitación, siempre solicita a la persona que la entrega que se identifique como personal del SAT.
Si llega un archivo electrónico, recuerda que el dominio en internet de la autoridad fiscal es www.sat.gob.mx.
Puedes corroborar que la carta invitación es auténtica a través del validador que se encuentra en la página electrónica del SAT.
Cabe resaltar que de enero a junio de este año se enviaron 9 millones 512 mil 847 cartas, contra 2 millones 666 mil 172 cartas del mismo periodo del año pasado.
Fuente:
http://m.elfinanciero.com.mx/
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